Reciba actualizaciones periódicas de la Convención de Minamata
Toda información presentada se expondrá aquí una vez disponible.
Abajo podrá encontrar información presentada por Estados u Organizaciones Regionales de Integración Económica sobre las siguientes cuestiones:
- Notificación general de consentimiento para importar en virtud del Artículo 3, párrafos 6 y 7
- Las notificaciones de aplicación del Artículo 3, párrafo 9
- Las notificaciones en virtud del Artículo 4, párrafo 2
- Presentación de información sobre instalaciones que utilizan mercurio o compuestos de mercurio de conformidad con el artículo 5, párrafo 5 c)
- La notificación para registrar exenciones de las fechas de eliminación que estipulan en Anexos A y B en virtud del Artículo 6
- Notificación por una Parte que las actividades de extracción y tratamiento de oro artesanales y en pequeña escala realizadas en su territorio son más que insignificantes, según el Artículo 7, párrafo 3.
- La designación de un centro de coordinación nacional para el intercambio de información en virtud del Artículo 17, párrafo 4
- La información sobre las medidas para aplicar el Convenio en virtud del Artículo 30, párrafo 4
- Declaración sobre la entrada en vigor de cualquier enmienda a un anexo en virtud del Artículo 30, párrafo 5
Información sobre exenciones a partir de las fechas de eliminación que figuran en la parte I del anexo A del Convenio de Minamata sobre el Mercurio está disponible aquí.