Trabajo entre sesiones y propuestas para la séptima reunión de la Conferencia de las Partes
Cosméticos con mercurio añadido
La COP, en la decisión MC-6/4, alentó a las Partes sin legislación nacional u otras medidas, o que de otro modo enfrenten dificultades para implementar sus obligaciones respecto de los cosméticos con mercurio añadido, a informar a la Secretaría y a considerar la aplicación del artículo 14 (Creación de capacidad, asistencia técnica y transferencia de tecnología) y/o del artículo 15 (Comité de Aplicación y Cumplimiento) a su situación. La información deberá presentarse a la Secretaría por correo electrónico. La información recibida hasta el 30 de junio de 2026 será recopilada y sintetizada para la COP-7.
Intersessional work and Submissions for COP-5
Revisión y modificaciones de los anexos A y B
Los anexos A y B del Convenio prevén la adopción de medidas sobre los productos con mercurio añadido y los procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio o compuestos de mercurio.
Enmienda del Anexo A adoptada en la cuarta reunión de la Conferencia de las Partes en 2022
La Conferencia de las Partes decidió, en su decisión MC-4/3, enmendar la parte I del anexo A del Convenio añadiendo los siguientes productos con mercurio añadido, de modo que la fabricación, importación y exportación de dichos productos no esté permitida después de 2025:
lámparas fluorescentes compactas con balasto integrado (CFL.i) para iluminación general de ≤30 vatios con un contenido de mercurio no superior a 5 mg por quemador de lámpara
lámparas fluorescentes de cátodo frío (CCFL) y lámparas fluorescentes de electrodo externo (EEFL) de todas las longitudes para pantallas electrónicas no incluidas en la lista actual
galgas extensométricas para su uso en pletismógrafos
transductores de presión de fusión, transmisores de presión de fusión y sensores de presión de fusión, excepto los instalados en equipos a gran escala o los utilizados para mediciones de alta precisión, en ausencia de una alternativa adecuada sin mercurio
bombas de vacío de mercurio
equilibradoras de neumáticos y contrapesos de ruedas
película y papel fotográfico
propulsor para satélites y naves espaciales
La cuarta reunión de la Conferencia de las Partes también acordó modificar la parte II del anexo A añadiendo las siguientes disposiciones para la amalgama dental.
Además, las Partes deberán:
(i) excluir o no permitir, mediante la adopción de las medidas oportunas, el uso de mercurio a granel por parte de los odontólogos;
(ii) excluir o no permitir, mediante la adopción de las medidas oportunas, o desaconsejar el uso de amalgamas dentales para el tratamiento odontológico de dientes caducos, de pacientes menores de 15 años y de mujeres embarazadas y en período de lactancia, salvo cuando el odontólogo lo considere necesario en función de las necesidades del paciente.
La fecha de entrada en vigor fijada en la letra c) del apartado 3 del artículo 27 del Convenio será el 28 de septiembre de 2023.
Revisión y enmienda que se ha de considerar en la quinta reunión de la Conferencia de las Partes
La cuarta reunión de la Conferencia de las Partes también decidió considerar en su quinta reunión las fechas de eliminación de la Parte I del Anexo A para las siguientes categorías:
pilas botón de zinc-óxido de plata con un contenido de mercurio <2 % y pilas botón de zinc-aire con un contenido de mercurio <2 %
puentes de medición de capacitancia y pérdidas de muy alta precisión e interruptores y relés de radiofrecuencia de alta frecuencia en instrumentos de vigilancia y control con un contenido máximo de mercurio de 20 mg por interruptor puente o relé (excepto los utilizados con fines de investigación y desarrollo)
lámparas fluorescentes lineales (LFL) para iluminación general:
(a) fósforo de halofosfato ≤40 vatios con un contenido de mercurio no superior a 10 mg por lámpara
(b) fósforo de halofosfato >40 vatios
lámparas fluorescentes lineales (LFL) para iluminación general:
(a) fósforo tribanda <60 vatios con un contenido de mercurio no superior a 5 mg/lámpara
La Conferencia de las Partes también decidió seguir considerando la posibilidad de añadir la producción de poliuretano utilizando catalizadores que contienen mercurio a la parte I del Anexo B en su quinta reunión y pidió a la Secretaría que recopilara información sobre la disponibilidad y viabilidad técnica y económica de alternativas sin mercurio de la producción de poliuretano utilizando catalizadores que contienen mercurio para presentarla en su quinta reunión.
Se invita a las Partes a presentar cualquier información sobre estos productos y procesos que sirva de apoyo a la consideración de la quinta reunión de la Conferencia de las Partes antes del 31 de diciembre de 2022.
Además, la Conferencia de las Partes pidió a la Secretaría que preparara un breve informe sobre la viabilidad técnica y económica de alternativas sin mercurio para los dos procesos (cloruro de vinilo monómero y metilato o etilato de sodio o potasio) enumerados en la Parte II del Anexo B que remiten a la Conferencia de las Partes que establece dicha viabilidad. La Parte II del Anexo B del Convenio exige a las Partes que no permitan el uso de mercurio cinco años después de que la Conferencia de las Partes haya establecido que los procesos sin mercurio han llegado a ser técnica y económicamente viables.
Se invita a las Partes a presentar información sobre la disponibilidad y viabilidad de alternativas sin mercurio a estos procesos antes del 31 de diciembre de 2022.
La COP3 decidió establecer un grupo especial de expertos en la revisión de los anexos A y B del Convenio, para preparar un documento en el que enriquecerá y organizará la información sobre los usos del mercurio y las alternativas sin mercurio a las que se hace referencia en las presentaciones de las Partes.
1. Información sobre los usos del mercurio y las alternativas sin mercurio
Se invitó a las Partes a presentar información sobre los usos del mercurio y sobre las alternativas sin mercurio como se establece en los puntos (a) y (b) a más tardar el 31 de marzo de 2020.
(a) Información sobre productos con mercurio añadido y sobre la disponibilidad, la viabilidad técnica y económica, y los riesgos y beneficios para el medio ambiente y la salud de las alternativas sin mercurio a los productos con mercurio añadido, de conformidad con el párrafo 4 del artículo 4 del Convenio;
(b) Información sobre los procesos que usan mercurio o compuestos de mercurio y, sobre la disponibilidad, la viabilidad técnica y económica y los riesgos y beneficios ambientales y para la salud de las alternativas sin mercurio a los procesos de fabricación en los que se usan mercurio o compuestos de mercurio, de conformidad con el párrafo 4 del artículo 5.
Se han recibido las siguientes aportaciones. Las aportaciones recibidas antes del 15 de abril también se publicarán a continuación. Se aceptarán más aportaciones hasta el 31 de julio (véase el punto 3 a continuación). Las plantillas para las aportaciones acordadas por el grupo especial de expertos están disponibles aquí. Se recomienda a las Partes que usen estas plantillas para futuras aportaciones.
Se invitó quienes no son Partes y a otros a proporcionar más información sobre el uso de mercurio y sobre las alternativas sin mercurio mencionadas en las comunicaciones de las Partes antes del 30 de abril de 2020. Se han recibido las siguientes aportaciones al 15 de mayo. Se aceptarán más aportaciones hasta el 31 de julio (véase el punto 3 a continuación). Las plantillas para las aportaciones acordadas por el grupo especial de expertos están disponibles aquí. Se recomienda a quienes no son Partes y a otros que usen estas plantillas para futuras aportaciones.
2. Medidas o estrategias implementadas por las Partes
Las Partes que notificaron a la Secretaría en el momento de convertirse en Parte en el Convenio que implementarían diversas medidas o estrategias para abordar los productos enumerados en la parte I del Anexo A del Convenio, deben informar sobre las medidas o estrategias que han implementado, incluyendo una cuantificación de las reducciones logradas hasta el 30 de junio de 2020. Se ha recibido el siguiente documento.
Se invitó a las Partes a nominar miembros del grupo ad hoc de expertos a través de los miembros de la Mesa antes del 31 de marzo de 2020. La lista de miembros nominados está disponible aquí.
El grupo tuvo su primera reunión en línea el 7 de mayo. El grupo decidió recibir aportaciones de información de las Partes, no partes y otras partes interesadas hasta el 31 de julio de 2020. El grupo continuará discutiendo otros planes, incluida la invitación de observadores en la próxima reunión en línea.
En su segunda reunión en línea el 3 de junio, el grupo decidió realizar llamadas grupales separadas sobre diferentes categorías de productos y procesos, cubriendo todas las categorías incluidas en los Anexos A y B. El grupo discutirá detalles sobre cómo organizar estas llamadas grupales a la próxima reunión. Se invitará a los observadores a las llamadas grupales respectivas, y la secretaría se pondrá en contacto con los observadores seleccionados.
En su tercera reunión en línea el 1 de julio, el grupo discutió sobre el cronograma de trabajo, incluidos los arreglos de las llamadas grupales separadas. El grupo se reunirá nuevamente a mediados de julio para discutir más sobre el cronograma detallado de trabajo.
El 7 de julio de 2020 se realizaron sesiones de información en línea para presentar el progreso del labor entre sesiones, incluida la revisión de los anexos A y B, y para solicitar la presentación de información. La presentación de la Secretaría y el video grabado de la sesión están disponibles aquí.
4. Resultado del trabajo del grupo de expertos (30 de abril de 2021)
El siguiente informe resume las conclusiones del trabajo del grupo especial de expertos sobre la revisión de los anexos A y B.
La información principal o adicional presentada, organizada en formato tabular indicando sus fuentes, se presenta en los siguientes documentos recopilatorios. A 30 de abril de 2021, la fecha límite para presentar el informe sobre la labor del grupo, faltaba información adicional sobre productos con mercurio añadido, particularmente lámparas, que debía ser facilitada por expertos o ser incorporada en los documentos. El grupo siguió trabajando para organizar esa información adicional en el documento recopilatorio para el 30 de junio de 2021, que se pondrá a disposición de la Conferencia de las Partes como documento de información. (Actualizado el 24 de agosto de 2021)