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Nota de la Secretaría
1. En su decisión MC-1/10, la Conferencia de las Partes en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio aprobó el reglamento financiero de la Conferencia de las Partes y sus órganos subsidiarios, así como disposiciones financieras que han de regir el funcionamiento de la Secretaría del Convenio Sin embargo, se mantuvieron ciertas palabras entre corchetes en el párrafo 3 e) del artículo 5 relativo a las contribuciones y en el anexo del Reglamento Financiero relativo al procedimiento para la asignación de fondos con cargo al fondo fiduciario especial para facilitar la participación de Partes en las reuniones de la Conferencia de las Partes. Todo el párrafo 2 de ese anexo se mantuvo entre corchetes, y dentro de él figuraba más texto entre corchetes. Por último, se mantuvo texto entre corchetes en el párrafo 5 del anexo.
2. En su segunda reunión, la Conferencia de las Partes examinó el texto del párrafo 3 e) del artículo 5 del Reglamento Financiero y de los párrafos 2 y 5 del anexo del Reglamento, en la versión que figura en la decisión MC-1/10 (UNEP/MC/COP.2/14). Al no alcanzar ningún acuerdo sobre este asunto, la Conferencia de las Partes convino aplazar el examen del texto a su tercera reunión.
29.11.2019